División 03 – Pesca y acuicultura
Esta división comprende la pesca y la acuicultura, y cubre la utilización de los recursos pesqueros de los medios marinos, de aguas salobres o agua dulce, con el fin de capturar o recolectar peces, crustáceos, moluscos y otros organismos y productos del mar (por ejemplo, plantas acuáticas, perlas, esponjas, etc.).
Incluye también las actividades que están integradas normalmente en el proceso de producción por cuenta propia (por ejemplo, el injerto de ostras para la producción de perlas). En las actividades relacionadas con la pesca o la acuicultura se incluyen los servicios relacionados con la pesca marina, de agua dulce o la acuicultura.
No Comprende:
– la construcción y reparación de barcos (30.1, 33.15)
– la pesca deportiva o recreativa (93.19)
– la elaboración de pescados, crustáceos y moluscos, tanto en instalaciones en tierra como en buques factoría (10.2)