Sección O – Administración Pública y defensa; Seguridad Social obligatoria
Esta sección abarca las actividades de carácter gubernamental que realiza normalmente la Administración Pública. Comprende la promulgación y la interpretación judicial de las leyes y su posterior regulación, así como la administración de programas basados en ellas, las actividades legislativas, el sistema tributario, la defensa nacional, el orden público y la seguridad, los servicios de inmigración, los asuntos exteriores y la administración de los programas gubernamentales. Esta sección comprende también las actividades de la seguridad social obligatoria.
Para que una actividad pertenezca a esta sección, el status jurídico o institucional no constituye por sí solo el factor determinante. Se trata más bien de que el carácter de la actividad se haya especificado en el párrafo anterior. Es decir, que las actividades clasificadas en otros apartados de la NACE no se incluyen en esta sección, aunque las desempeñen entidades públicas. Por ejemplo, la gestión del sistema escolar (normativa, control, planes de estudio) corresponde a esta sección, pero la enseñanza en sí no corresponde (véase la sección P), y los centros penitenciarios o los hospitales militares se clasifican en la sanidad (véase la sección Q). De forma parecida, algunas de las actividades incluidas en esta sección pueden realizarlas las unidades no gubernamentales.
Divisiones
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